Contraloría: donaciones de organismos internacionales
no ingresaron al presupuesto de la SEAM

(27 de octubre, 2009) La Contraloría General de la República (CGR) detectó que fondos donados por organismos internacionales de cooperación para proyectos relacionados al cambio climático no ingresaron al presupuesto de la Secretaría del Ambiente (SEAM). Se trata de unos US$ 662.000. Esta situación, a más de violar la legislación vigente, causa la falta de registro contable de los recursos donados y utilizados para el cumplimiento de las funciones del Programa Nacional de Cambio Climático (PNCC), señaló el ente contralor. La CGR pide sumario administrativo para los funcionarios responsables.

El examen especial corresponde al periodo 2005- 2008, sobre el cumplimiento del Convenio Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático y el Protocolo de Kyoto. Los proyectos cuyos fondos no fueron ingresados al presupuesto de la SEAM fueron donados por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), el Banco Mundial (BM), el Global Environmental Facility (GEF) y la Agencia de Cooperación Española (AECI). El descargo presentado por la SEAM señala que los fondos recibidos en carácter de donación, a solicitud de la propia secretaría de Estado, fueron administrados conforme a convenios por los organismos cooperantes y administradores de fondos.

Sin embargo, la CGR destaca que la Ley Nº 1.535, “De Administración Financiera del Estado”, en su artículo 12, inciso b, señala “los fondos provenientes de donaciones así como de empréstitos aprobados por ley, otorgados a los organismos y entidades del Estado, deberán ser canalizados por medio del Banco Central del Paraguay y depositados en la cuenta habilitada al efecto por el Ministerio de Hacienda”. Consecuentemente, la CGR recomienda realizar los recaudos necesarios para el ingreso de las donaciones recibidas para el PNCC en el presupuesto de la SEAM, e iniciar sumario administrativo a los funcionarios intervinientes en los procedimientos que facilitaron la falta de registro contable de las donaciones recibidas.

La CGR halló además que la SEAM no ha plasmado hasta la fecha en un documento nacional las directrices que sirvan de guía para determinar las prioridades y actividades a ser encaradas por el país en materia de cambio climático, con miras a cumplir los compromisos asumidos como miembro del convenio. En este contexto, la SEAM no ha definido, elaborado ni implementado una Política Nacional de Cambio Climático, como lo establece el Decreto Nº 14943/01, por el cual se implementa el PNCC.

Además, la Comisión Nacional de Cambio Climático no ha cumplido a cabalidad con las funciones que le fueran encomendadas en el mencionado decreto, que son: definir, supervisar y evaluar la política nacional, participar en el nombramiento del director nacional, auditar la gestión de la oficina nacional y aprobar la memoria y balance anual de esta dependencia.

Las actividades realizadas en el seno del PNCC no poseen documentación suficiente que avale y certifique que las mismas fueron llevadas a cabo. La Comisión Nacional de Cambio Climático tampoco ha documentado las decisiones, consultas y resoluciones realizadas en las sesiones relativas al cambio climático y que afecten al programa. Las actas de las reuniones ordinarias y extraordinarias de la comisión presentadas por el PNCC carecen de los datos mínimos necesarios para identificar los temas tratados en las sesiones, los miembros asistentes y el resultado de las mismas.

Además, la SEAM no ha conformado los miembros del Comité Asesor de Reducción de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero, ni ha definido estrategias para reducir dichos gases, ni sus formas de implementación (inclyendo financiameinto). La Oficina Nacional de Mecanismo de Desarrollo Limpio no posee documentos suficientes que certifiquen las tareas de promoción de proyectos productivos bajo manejo sostenible, no emite certificaciones de reducciones en base a proyectos aprobados, ni ha realizado actividades de fomento a la participación amplia de entidades públicas y privadas en actividades de reducción de emisiones.

El Paraguay además adeuda las cuotas correspondientes por la firma y ratificación de los acuerdos internacionales señalados.

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